SANTO DOMINGO. El Poder Ejecutivo dispuso mediante decreto las normas de aplicación del Reglamento para portar el emblema de la Cruz Roja Dominicana y la Media Luna Roja, institución que fijará las condiciones para su uso de acuerdo con la Ley 220-97, aprobado por el Congreso Nacional el 2 de agosto de 2007.
La disposición del presidente Danilo Medina está contenida en el decreto 249-14, divulgado por el Palacio Nacional, pieza que establece que la Cruz Roja Dominicana “es la única sociedad de derecho nacional autorizada a utilizar la denominación Cruz Roja”. Agrega que esa entidad humanitaria tiene potestad para decidir si acepta o rechaza el uso del emblema por parte de otros organismos.
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