septiembre 28, 2017

TSE declara nula la reunión del Directorio Presidencial del Partido Reformista


 Con está decisión el TSE  acoge la demanda de nulidad incoada el 7 de Julio de 2017, por José Hazim Frappier, Víctor Bisonó, Miguel Bogaert, Joaquín Ricardo, y Marino Berigüete, Marino Collante, Virgilio Álvarez Bonilla, Rafaela Alburquerque y Louis Bogaert, entre otros.
 El alto tribunal detalló en su sentencia N0. 023-2017 que la nulidad se debe a la falta de quórum y  observó que las decisiones emanadas del mismo, están sustentadas en el articulo 3  de la Ley N0. 29-11, Orgánica del Tribunal Superior Electoral.
De su lado el presidente y el secretario general del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Federico Antún Batlle (Quique) y Ramón Rogelio Genao, respectivamente, declararon que en nada afecta a esa organización política la sentencia dada a conocer por el Tribunal Superior Electoral (TSE).
Explicaron que la anulación de la reunión del Directorio Presidencial por el TSE, con el voto disidente de uno de sus miembros, en nada afecta las reuniones realizadas posteriormente por la Comisión Ejecutiva y la Asamblea Nacional Ordinaria que eligió a las nuevas autoridades delPartido Reformista y que tomarán posesión el 28 de enero de 2018.
 Quique Antún y Genao explicaron que es la Comisión Ejecutiva quien convoca, decide la modalidad, el objeto, lugar y fecha de la Asamblea Nacional Ordinaria y que esos órganos se reunieron válidamente de acuerdo al Estatuto y a las leyes electorales de la República Dominicana.
 “Desde que salió a la luz publica dicha sentencia, que es la 023-2017, sectores disidentes del PRSC y otros que hace tiempo militan en otras organizaciones políticas, comenzaron una campaña mediática y en las redes sociales, tratando de confundir a la opinión pública en general y a nuestra militancia en particular”, dijeron.
 Los dos altos dirigentes del Partido Reformista llamaron a la dirigencia, militancia y simpatizantes de esa entidad política a estar tranquilos “porque la Asamblea Nacional Ordinaria que escogió a las nuevas autoridades es totalmente válida  y no está vinculada para nada con decisiones que haya tomado el Directorio Presidencial, ya que todo lo relacionado a las asambleas nacionales son competencias de la Comisión Ejecutiva y del Directorio Central Ejecutivo”.
 Indicaron que una comisión de juristas del PRSC está estudiando dicha sentencia y que próximamente fijarán una posición sobre todo el tenido de la misma.
 Sin embargo, adelantaron que dicha sentencia adolece de algunos errores, que fueron evidenciados en el voto disidente de uno de los miembros del Pleno del Tribunal Superior Electoral.

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